Apelaciones de Impuestos Estatales y Locales – La Junta Estatal de Apelaciones Fiscales de Luisiana (LaSBA)

Por: Louisiana State Board of Tax Appeals (LaSBA)
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Acerca

Acerca de Recurso de impuestos estatales y locales: la Junta de Apelaciones Fiscales del Estado de Luisiana (LaSBA)

La Junta de Apelaciones Fiscales del Estado de Luisiana (BTA) es un grupo independiente. Ayuda a los contribuyentes y a las autoridades fiscales. La BTA ofrece una forma justa y sencilla de resolver disputas fiscales. La BTA se ocupa de una amplia gama de disputas relacionadas con los impuestos estatales y locales. Es un tribunal de primera instancia para las disputas fiscales en Luisiana. Cuenta con tres abogados, todos ellos expertos en legislación fiscal.

La función principal de la BTA es conocer y resolver las apelaciones sobre impuestos estatales y locales. Esto incluye disputas sobre liquidaciones, denegaciones de solicitudes de devolución y otras controversias relacionadas con los impuestos. La Junta quiere ofrecer a los contribuyentes una forma justa, rápida y asequible de revisar sus apelaciones.

Tratar con la Junta de Apelaciones Fiscales de Luisiana (BTA) suele implicar la resolución de disputas fiscales a nivel estatal o local.

Puede obtener más información sobre cómo presentar una petición ante la BTA a través de las Normas y Reglamentos de Procedimiento y Práctica ante la Junta de Apelaciones Fiscales de Luisiana o visitar el sitio web oficial, https://www.labta.la.gov.

Lo que usted necesita saber

La LaBTA es una agencia independiente. Se encarga de las disputas fiscales relacionadas con los impuestos estatales y locales de Luisiana. Actúa como un organismo cuasi judicial independiente del Departamento de Hacienda.

La LaBTA tiene jurisdicción sobre los siguientes tipos de disputas relacionadas con:

  • Impuestos estatales y locales sobre la renta
  • Impuestos sobre las ventas y el uso
  • Impuestos sobre la extracción
  • Retención de impuestos
  • Impuestos de franquicia
  • Denegaciones de reembolsos
  • Evaluaciones de auditorías
  • Impuestos locales sobre las ventas/el uso (a través de la División de Impuestos Locales)

Cualquier persona, empresa o grupo legal con un litigio fiscal en Luisiana con una autoridad fiscal de Luisiana.

Presente una petición por escrito ante la BTA. Puede hacerlo por medios electrónicos en el sitio web de la BTA o por correo postal. La petición debe incluir:

  • Su nombre y dirección
  • Una descripción de la disputa
  • Los períodos fiscales y los importes pertinentes
  • Una copia de la notificación de la autoridad fiscal (por ejemplo, la liquidación o la denegación)

Todas las apelaciones deben ir acompañadas de una petición original firmada. Además, debe proporcionar tres (3) copias de las peticiones, los anexos, otros escritos y memorandos a la Junta.

Todos los escritos deben llevar el siguiente encabezamiento:

JUNTA DE APELACIONES FISCALES DEL ESTADO DE LOUISIANA

…………………………Demandante

contra Departamento de Hacienda

Demandado

N.º de expediente de la B.T.A.

Por lo general, en un plazo de 30 días a partir de la recepción de la notificación de liquidación o denegación de devolución. Sin embargo, los plazos pueden variar en función del tipo de impuesto y del asunto en cuestión.

Por lo general, no. La mayoría de los asuntos relacionados con el impuesto sobre la propiedad se tramitan a través de los tasadores municipales y la Comisión Fiscal de Luisiana.

Se debe enviar un original firmado y tres (3) copias de la petición a la oficina de la Junta, ya sea en persona, por correo postal o mediante otros servicios de entrega. Cada petición de apelación recibe un sello con la fecha en que el original firmado llega a la oficina de la Junta. El sello con la fecha indica la fecha de presentación.

La presentación electrónica de alegatos está disponible exclusivamente a través de eFileLA. Aquí se proporciona un enlace a eFileLA. La junta no aceptará alegatos enviados por correo electrónico. Los alegatos pueden enviarse por fax o presentarse únicamente cumpliendo estrictamente con la Regla 3.1.

Las personas pueden representarse a sí mismas, pero las empresas necesitan un abogado con licencia en Luisiana. Se recomienda encarecidamente buscar ayuda legal debido a la complejidad de la legislación fiscal. Para obtener más información, consulte Cómo encontrar y contratar a un abogado.

Después de presentar la solicitud, la BTA le asignará un número de expediente. A continuación, la parte contraria, normalmente el Departamento de Hacienda o un recaudador local, deberá responder. El caso podrá seguir los siguientes pasos:

  • Resolución informal
  • Reuniones previas al juicio
  • Presentación de pruebas
  • Audiencia probatoria (similar a un juicio ante un tribunal)

Puede apelar las decisiones ante el tribunal de distrito parroquial siguiendo LSA-R.S. 47:1434. Por lo general, debe presentar la apelación dentro de los 30 días siguientes a la sentencia definitiva.

Sí, muchos casos se resuelven de manera informal antes de una audiencia completa. Los contribuyentes deben negociar o solicitar una revisión antes o durante el proceso de la BTA.

Las audiencias son similares a los juicios civiles. Pueden incluir:

  • Testimonios de testigos
  • Presentación de pruebas
  • Argumentos legales

Sí, la mayoría de las audiencias son públicas, a menos que el tribunal conceda una solicitud de confidencialidad.

Depende. Los casos sencillos pueden resolverse en cuestión de meses, mientras que los más complejos pueden tardar más tiempo, especialmente si se requiere un dictamen formal.

La oficina de la Junta se encuentra en la primera planta del edificio Iberville State Office Building:
627 N. Fourth St.
Baton Rouge, LA 70802
La oficina de la Junta estará abierta todos los días laborables, excepto los días festivos estatales y federales. Todos los escritos se aceptarán y sellarán entre las 8:30 a. m. y las 4:30 p. m., horario de oficina.

Visita el sitio web oficial: https://www.labta.la.gov

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Cómo resolver una disputa fiscal estatal o local con la LaBTA

Cómo resolver una disputa fiscal estatal o local con la LaBTA

Si no está de acuerdo con una decisión de una autoridad fiscal estatal o local de Luisiana, como recibir una liquidación tributaria, que se le deniegue una devolución o tener que pagar un impuesto bajo protesta, tiene derecho a impugnar esa decisión a través de la Junta de Apelaciones Fiscales de Luisiana (LaBTA). La LaBTA ofrece un proceso estructurado para resolver disputas de manera justa y eficiente, a menudo sin necesidad de una audiencia completa.
El proceso comienza cuando recibe una notificación o decide presentar una reclamación, y continúa a través de varios pasos importantes, incluyendo la presentación de una petición, el pago de las tasas correspondientes y, posiblemente, la asistencia a una audiencia. A continuación, se ofrece una guía paso a paso para ayudarle a comprender y navegar por el proceso.

Pasos para resolver una disputa fiscal estatal o local con la LaBTA

Por lo general, el proceso se inicia cuando:

  • Recibes una liquidación tributaria (estatal o local)
  • Se deniega una solicitud de devolución
  • Deseas impugnar un impuesto que has tenido que pagar bajo protesta

Visite labta.louisiana.gov para obtener el formulario de solicitud correspondiente. El formulario debe incluir lo siguiente:

  • Una descripción del problema
  • Documentación de respaldo (por ejemplo, aviso de evaluación, denegación de reembolso)
  • Una declaración de los hechos y los fundamentos jurídicos de su reclamación

Todos los escritos deberán llevar el siguiente encabezamiento:

JUNTA DE APELACIONES FISCALES DEL ESTADO DE LOUISIANA

…………………………Demandante

contra Departamento de Hacienda

Demandado

N.º de expediente de la B.T.A.

Plazos

  • 30 o 60 días a partir de la fecha de la última acción de la agencia tributaria (dependiendo del asunto)
  • El incumplimiento del plazo podría dar lugar a la desestimación del caso

Puede enviar el original firmado y tres (3) copias a la oficina de la Junta. Utilice entrega personal, correo postal u otros servicios de entrega. Cada petición de apelación se sellará con la fecha en que se entregue el original firmado a la oficina de la Junta. El sello con la fecha indica la fecha de presentación.

Véase la Regla 18: Reclamaciones contra el Estado.

  • Los impuestos estatales pueden ser gratuitos o de bajo costo.
  • Las disputas sobre impuestos locales suelen tener una tasa de presentación basada en la cantidad en disputa.
  • En determinadas situaciones de dificultad económica, es posible que se exima del pago de la tasa.
  • Debe pagar el saldo completo en un plazo de 60 días. De lo contrario, la Junta desestimará su petición. A continuación, su deuda pasará a la Oficina de Recuperación de Deudas.

Puede obtener más información sobre el calendario de tasas de presentación en la Regla 16: Tasas de presentación, tasas y kilometraje de los testigos.

  • La BTA asigna un número de expediente a su caso.
  • Notifican a todas las partes y programan una teleconferencia preliminar para determinar el estado del caso.
  • Las partes pueden intercambiar pruebas y llevar a cabo la presentación de pruebas (similar a un tribunal).
  • Puede haber oportunidades para llegar a un acuerdo mediante negociación o mediación. La gran mayoría de las solicitudes presentadas ante la Junta se resuelven sin necesidad de una audiencia.
  • En casos complejos, se puede solicitar un escrito previo al juicio.
  • Si las partes no pueden resolver la disputa, el tribunal fijará una fecha para la audiencia. Las partes recibirán una notificación por correo certificado o por medios electrónicos, según lo exige la ley.
  • La Junta celebra el procedimiento formal. Está integrada por el presidente de la Junta y dos miembros de la misma. Los miembros de la Junta pueden formular preguntas a los testigos, solicitar más información y preguntar sobre cualquier hecho que no se haya comunicado a la Junta.
  • El presidente puede decidir si cada parte hace una breve declaración inicial. Si no es así, el solicitante puede comenzar a presentar su caso de inmediato.
  • Cada parte presenta pruebas, testimonios y argumentos jurídicos. Una audiencia es similar a un juicio. Cuenta con testigos, pruebas documentales y sigue las normas sobre pruebas y procedimiento.
  • Al final de la audiencia, el presidente puede permitir a las partes realizar una declaración final.
  • Puede celebrarse en Baton Rouge o, en algunos casos, por videoconferencia. Por lo general, la asistencia a la audiencia por parte del solicitante o de su representante es obligatoria.
  • Se emite una resolución escrita basada en los hechos y la ley.
  • Esta puede incluir órdenes de reembolso, cancelaciones de liquidaciones, etc.

Véase Regla 14: Sentencias.

  • Si no está de acuerdo con el resultado, puede apelar ante el tribunal de distrito de la parroquia según lo establecido en LSA-R.S. 47:1434.
  • Debe presentar la apelación en un plazo de 30 días a partir de la sentencia de la BTA.

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Última revisión y actualización: Apr 25, 2025
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