Clasificación De Propiedad: Propiedad Comunitaria Vs. Propiedad Separada
Clasificación De Propiedad
Sobre la Propiedad Comunitaria
La propiedad comunitaria significa que los cónyuges generalmente tienen partes iguales en su propiedad y activos adquiridos durante el matrimonio.
En Luisiana, existe la presunción de que la propiedad de una persona casada se clasifica como propiedad comunitaria. Hay algunas excepciones a esta regla general. Los activos adquiridos por una persona casada pueden clasificarse como propiedad separada si hay un acuerdo prenupcial o si el activo se clasificó específicamente como propiedad separada cuando se adquirió.
Información general sobre la propiedad comunitaria:
- La propiedad adquirida durante el matrimonio se presume que es propiedad comunitaria según la ley de Luisiana, excepto los regalos o herencias que se dieron específicamente a uno de los cónyuges.
- Comienza en el momento del matrimonio y termina retroactivamente a la presentación de cualquier divorcio.
- Cuando te casas, la propiedad comunitaria abarca toda la propiedad ganada por los individuos juntos y poseída conjuntamente.
- Los acuerdos prenupciales y matrimoniales pueden cambiar la clasificación de la propiedad comunitaria.
- Los regalos o herencias que se dieron específicamente a uno de los cónyuges se consideran propiedad separada.
- Las leyes de propiedad comunitaria se aplican a todos los cónyuges que viven en Luisiana.
- Los cónyuges no tuvieron que vivir en Luisiana durante su matrimonio.
- Los cónyuges no necesitan que el matrimonio tenga lugar en el estado de Luisiana.
La propiedad comunitaria incluye lo siguiente:
- Propiedad adquirida durante el matrimonio a través del trabajo o esfuerzo de un cónyuge (por ejemplo, salarios por trabajo).
- Regalos e herencias que se dieron conjuntamente a los cónyuges.
- Compensación por daños por cualquier pérdida de propiedad comunitaria.
- Frutos (ingresos) de cualquier propiedad comunitaria.
- Toda la propiedad no clasificada por la ley como propiedad separada en el momento en que se adquirió la propiedad.
Acerca de la Propiedad Separada
La propiedad separada de un cónyuge, por definición, pertenece exclusivamente a ese cónyuge. La propiedad separada significa que solo un cónyuge tiene la plena participación en la propiedad y los activos que poseen. Toda propiedad que el cónyuge adquirió antes del matrimonio es separada.
La propiedad separada también incluye:
- Propiedad adquirida durante el matrimonio cuando existe un acuerdo prenupcial de propiedad separada.
- Propiedad adquirida durante el matrimonio después de que se aprueba judicialmente un acuerdo postnupcial de propiedad separada.
- Propiedad adquirida por un cónyuge con dinero (cosas) separado.
- Propiedad adquirida con dinero (cosas) principalmente separado cuando el dinero comunitario utilizado puede clasificarse como "insignificante en comparación".
- Propiedad adquirida por herencia o donación (regalo) a un cónyuge individualmente.
- Daños debido a lesiones personales sufridas durante el matrimonio; sin embargo, los daños atribuibles a gastos incurridos por la comunidad como resultado de la lesión o en compensación por la pérdida de ganancias comunitarias son propiedad comunitaria.
- Daños derivados de un incumplimiento de contrato contra el otro cónyuge o que resulten del fraude o mala fe del otro cónyuge en la gestión de la propiedad comunitaria.
- Daños relacionados con la gestión de la propiedad separada del cónyuge.
- Cualquier propiedad adquirida por un cónyuge como resultado de una partición voluntaria de la propiedad comunitaria de la pareja casada durante el régimen de propiedad comunitaria.
- Toda propiedad adquirida por un cónyuge después del divorcio o la muerte de su cónyuge, incluida la propiedad de un acuerdo de partición de la propiedad comunitaria o propiedad comunitaria.
Preguntas frecuentes sobre la propiedad
Más sobre la Clasificación de la Propiedad
Existen varias formas de cambiar la propiedad comunitaria a propiedad separada y viceversa:
- La donación de un cónyuge al otro cónyuge de su interés en un activo comunitario convierte la propiedad completa del activo en propiedad separada del cónyuge receptor.
- La donación de un cónyuge de su propiedad separada a la comunidad transfiere esa propiedad a la propiedad comunitaria.
- La partición voluntaria de la propiedad comunitaria durante el matrimonio convierte la propiedad particionada de comunitaria a propiedad separada del cónyuge receptor.
Ambos cónyuges pueden controlar la propiedad comunitaria (es decir, "gestión equitativa de la propiedad comunitaria"), sujeto a lo siguiente:
- Cada cónyuge puede gestionar, controlar o disponer de la propiedad comunitaria por separado, a menos que la ley disponga lo contrario.
- Ambos cónyuges deben estar de acuerdo en la venta, hipoteca o arrendamiento de bienes raíces comunitarios, muebles o enseres en el hogar familiar, todos o casi todos los activos de una empresa comunitaria y vehículos motorizados registrados a nombre de ambos cónyuges conjuntamente.
- La donación de propiedad comunitaria a un tercero requiere el acuerdo de ambos cónyuges. Sin embargo, un cónyuge puede hacer un regalo usual o costumbre de un valor acorde con la posición económica de los cónyuges en el momento de la donación.
- Un cónyuge tiene el derecho exclusivo de gestionar, vender, hipotecar o arrendar bienes muebles comunitarios registrados o titulados únicamente a nombre de ese cónyuge, como acciones de acciones y vehículos motorizados.
- El cónyuge que es el único administrador de una empresa comunitaria (es decir, un negocio) tiene el derecho exclusivo de vender, hipotecar o arrendar sus bienes muebles, a menos que estén registrados a nombre del otro cónyuge o la ley requiera el acuerdo.
- Un cónyuge puede renunciar expresamente, por escrito, al derecho de participar en la gestión de la propiedad comunitaria (total o parcialmente) y/o al derecho de acuerdo en la venta, hipoteca o arrendamiento de bienes raíces comunitarios.
- Un cónyuge es responsable de cualquier pérdida o daño causado por fraude o mala fe en la gestión de la propiedad comunitaria.
Depende.
- Si los cónyuges tienen bienes separados, el cónyuge que contrae la deuda es responsable, y el cónyuge que no la contrae solo es responsable por el beneficio recibido de la deuda.
- Con un régimen de bienes gananciales, una deuda contraída por un cónyuge es o una deuda de la comunidad o una deuda separada. Si se contrae en beneficio común de los cónyuges o en beneficio del otro cónyuge, es una deuda de la comunidad.
- Una deuda separada de un cónyuge se puede pagar con los bienes separados de ese cónyuge y los bienes gananciales.
- Una deuda de la comunidad se puede pagar con los bienes gananciales y con los bienes separados del cónyuge que la contrajo. Si ambos cónyuges se beneficiaron de la deuda, también se puede cobrar de los bienes separados de ambos cónyuges, así como de los bienes gananciales.
- Si se utiliza un bien separado para pagar una deuda de la comunidad o viceversa, el cónyuge propietario del bien separado, o la comunidad si es al revés, puede tener derecho a un reembolso.
- Una deuda contraída antes de la fecha de un fallo de divorcio por honorarios de abogados y costos en una acción de divorcio es una deuda de la comunidad.
- Una deuda resultante de un acto intencional incorrecto o una deuda contraída para el bien separado de un cónyuge es una obligación separada en la medida en que no beneficie a ambos cónyuges, a la familia o al otro cónyuge.
El régimen legal de bienes gananciales se termina por la muerte o fallo que declare la muerte de un cónyuge; fallo que encuentre que el matrimonio era nulo en sí mismo; fallo de divorcio; fallo de separación de bienes; o acuerdo matrimonial que ponga fin a la comunidad de bienes. Después de la terminación del régimen legal, los cónyuges tienen bienes separados y, en general, todos los ingresos laborales recibidos pertenecen exclusivamente al cónyuge que los obtuvo. Por lo general, después de la terminación del régimen de bienes gananciales, un cónyuge puede tener un reclamo contra el otro cónyuge para el reembolso de la mitad de los pagos realizados en las deudas comunitarias. Los cónyuges cuyo matrimonio termina en divorcio pueden solicitar al juez que divida judicialmente los activos y deudas comunitarias si no pueden ponerse de acuerdo.
Mitos y Malentendidos sobre la Comunidad de Bienes
Se corrigen algunos mitos y malentendidos sobre la propiedad separada y comunitaria de la siguiente manera:
- Cómo se "titula" la propiedad, es decir, si está a nombre del esposo o la esposa, no afecta la clasificación como propiedad separada o comunitaria. Sin embargo, si un cónyuge declara en cualquier documento financiero, acto de venta, etc., que la propiedad adquirida se compró con su propiedad separada, y el otro cónyuge lo reconoce, entonces el cónyuge que reconoce no puede anular la transacción ni transacciones posteriores basadas en la falsedad de esa declaración.
- El matrimonio por sí solo no convierte automáticamente la propiedad separada existente de los cónyuges en propiedad comunitaria.
- La propiedad separada llevada al matrimonio que pierde su identidad debido a la mezcla, reemplazo, etc., se convierte en propiedad comunitaria.
- Al finalizar el matrimonio, los fondos de propiedad separada utilizados en beneficio de la comunidad se reembolsan al cónyuge cuya propiedad separada se utilizó en un 50%, no en un 100%.
- Al finalizar el matrimonio, los activos se valoran en el momento de la partición de la propiedad comunitaria, no en el momento del divorcio.